Se reduce el IVA en la producción y comercialización para los bienes que componen la CBTBIF.

Costa Rica

El 11 de noviembre de 2022 se publicó el Decreto Ejecutivo N°43790-H-MEIC-S, el cual reglamenta los bienes que conforman la Canasta Básica Tributaria por el Bienestar Integral de las Familias (CBTBIF) a partir de febrero del año 2023.

 

¿Qué implica que un bien esté dentro de esta lista?

En primer lugar, aquellos bienes enlistados gozarán de una tasa reducida al Impuesto al Valor Agregado (IVA) de un 1%.

 

Por otro lado, los productores de los bienes comprendidos en la CBTBIF, tendrán derecho a adquirir los insumos y servicios necesarios para su elaboración con la misma tasa reducida del 1%.

 

¿Qué otros requisitos deben cumplirse?

Los productos deberán estar expresamente mencionados en el listado, y estar vigentes.
Los servicios e insumos deben estar directamente relacionados con la producción de los bienes de la CBTBIF.
El productor debe estar inscrito, según sea el caso, en alguno de los siguientes registros:
1. Como productor agropecuario en el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
2. Como pescador comercial ante el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura.
3. En el Registro de Comercializadores, Distribuidores y Productores de Canasta Básica Tributaria llevado por el Ministerio de Hacienda.
Adicionalmente, los contribuyentes que tributen de conformidad al Régimen Especial Agropecuario, también podrán adquirir bienes y servicios con una tarifa reducida del 1% en iguales términos.

 

¿A quiénes beneficia esta medida?

Esta medida beneficiará al grupo poblacional correspondiente al treinta por ciento (30%) de menores ingresos por hogar, según la Encuesta de Ingresos y Gastos de los Hogares, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

 

¿Qué bienes quedan comprendidos?

Aquellos mencionados en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo, dentro de los cuales se incluyen alimentos y bienes de primera necesidad como utensilios para el hogar, y materiales escolares.

 

¿Cuándo entra en vigor?

A partir del 01 de febrero de 2023.

 

Más información: N°43790-H-MEIC-S

Sobre Gosocket: Gosocket es un proveedor líder Latinoamericano que ofrece soluciones de emisión y recepción de documentos electrónicos basados en firma digital, incluyendo factura electrónica. Gosocket funciona bajo un modelo de red empresarial abierta que integra Compradores, Proveedores, Entidades Tributarias y Terceros en un ecosistema que facilita los negocios, genera eficiencias, ofrece servicios de valor agregado para todos los actores de la cadena de suministro y garantiza el cumplimiento de los requisitos técnicos relacionados con las regulación y las normas en materia de los modelos de factura electrónica en el país donde opere su organización.

Aviso de privacidad: Gosocket no se hace responsable por las acciones u omisiones de terceros que puedan implicar responsabilidades ante las autoridades tributarias. La información aquí descrita solo constituye nuestra interpretación de la información publica disponible en el momento de publicación. Si usted desea asesoría personalizada le invitamos a contactar con nuestro equipo de consultoría.

Compartir

Artículos relacionados