Se publica la Primera Versión Anticipada de la 3era Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior 2023.

Se informa que fue publicada en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de modificaciones a las Reglas de Comercio Exterior Para 2023.

¿Qué cambios se esperan en materia de CFDI?

Se dispone un único cambio consiste en una prórroga para efecto de las obligaciones relativas al folio fiscal en la emisión de los CFDI de tipo ingreso y traslado, según sea el caso, que se sean con el complemento Carta Porte, las cuales ahora pasarán a ser exigibles a partir del 01 de enero de 2023.

¿Qué reglas se ven beneficiadas por esta extensión?

  • 9.11. sobre “Transmisión de información por concesionarios de transporte ferroviario, fracción I, inciso b), numeral 8).
  • 4.12, fracción I, inciso f) sobre “Despacho de mercancías mediante transmisión de información (Anexo 3).
  • 1.15, fracción V) en lo relacionado al “Procedimiento para tramitar un documento aduanero.
  • 1.32. fracción VIII, y párrafo tercero sobre “Despacho aduanero con pedimento consolidado.
  • 1.33. fracción I, inciso g) sobre “Despacho de mercancías sin presentación de las impresiones de pedimentos, aviso o copias simples”.
  • Regla 4.6.8, fracción II, inciso h) sobre “Transmisión de documentación por parte de las empresas concesionarias de transporte ferroviario que realicen traslado de mercancías destinadas al régimen de tránsito”.

¿Cuándo entran en vigor?

Esta normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Más información: Diario Oficial de la Federación.

¿Tiene dudas sobre estos cambios?

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