De conformidad con el numeral 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 2 del artículo 11 de la Ley N°29.158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Presidente de la República puede dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional.
Conforme a lo anterior y, con la finalidad de ayudar a disminuir los efectos económicos que ha traído la pandemia del COVID-19 y que sigue afectando a las empresas del Perú, se publicó el Decreto de Urgencia N°016-2022, mediante el cual, en la Primera de las Disposiciones Complementarias Finales, se amplió la vigencia del Decreto de Urgencia N°050-2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 y que se complementa con la Resolución de Superintendencia N°000117-2022/SUNAT, la cual modifica la Resolución de Superintendencia N°000150-2021/SUNAT, indicando en su Artículo 2 que el plazo de envío a la entidad tributaria de cuatro (4) días calendario desde ocurrida la emisión de la factura electrónica o la nota electrónica vinculada, también se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022.
Lo invitamos a descargar el Decreto de Urgencia N°050-2021 aquí
Sobre Gosocket: Gosocket es un proveedor líder Latinoamericano que ofrece soluciones de emisión y recepción de documentos electrónicos basados en firma digital, incluyendo factura electrónica. Gosocket funciona bajo un modelo de red empresarial abierta que integra Compradores, Proveedores, Entidades Tributarias y Terceros en un ecosistema que facilita los negocios, genera eficiencias, ofrece servicios de valor agregado para todos los actores de la cadena de suministro y garantiza el cumplimiento de los requisitos técnicos relacionados con la regulación y las normas en materia de los modelos de factura electrónica en el país donde opere su organización.
Aviso de privacidad: Gosocket no se hace responsable por las acciones u omisiones de terceros que puedan implicar responsabilidades ante las autoridades tributarias. La información aquí descrita solo constituye nuestra interpretación de la información publica disponible en el momento de publicación. Si usted desea asesoría personalizada le invitamos a contactar con nuestro equipo de consultoría.