La SUNAT establece el procedimiento de devolución del IGV a turistas y determina la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado.

La SUNAT publicó la Resolución de Superintendencia No. 000097-2023, la cual establece el procedimiento de devolución del IGV a los turistas ante la entidad colaboradora y señala la fecha de operatividad del primer puesto de control habilitado.

¿Qué implementa la resolución referente a la devolución del IGV a turistas?

La resolución implementa:

  • El procedimiento que debe seguir el turista, ante la Entidad Colaboradora para la devolución del IGV.
  • Establece la forma y condiciones en que deben ser emitidas las Constancias “TAX FREE”.
  • Señala las condiciones y plazos que tienen las Entidades Colaboradoras para presentar la liquidación de los reembolsos por devoluciones de IGV, ante la SUNAT.
  • Determina la ubicación y fecha de inicio de operatividad del primer puesto de control habilitado.

 

¿Cuáles son las condiciones de emisión de las Constancias “TAX FREE”?

Los Establecimientos Autorizados deben emitir las Constancias “TAX FREE” a través del sistema informático de la Entidad Colaboradora, el cual genera el código de identificación una vez culminado el ingreso de la información respectiva en el formulario virtual.

Los requisitos de contenido establecidos para emitir las constancias “TAX FREE” están dispuestos por el Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, creada por el Decreto supremo No. 29-94-EF, que en términos generales establece que deben contener información del turista, de la tarjeta de débito o crédito que utilice el turista, información de la factura, de los bienes adquiridos, precio de los bienes, monto discriminado del IGV e importe total de la venta.

¿Qué proceso debe seguir el turista para acreditar la devolución del IGV?

El turista puede iniciar el procedimiento ante la Entidad Colaboradora que haya gravado sus compras de bienes realizadas en los establecimientos autorizados, para tal efecto puede utilizar el kiosco de autogestión o la aplicación móvil conforme a lo que establece la resolución:

  1. Kiosco de autogestión
  • Debe ingresar en el kiosco interactivo de autogestión de propiedad de la Entidad Colaboradora, con el número de su documento de identidad y seleccionar las constancias Tax Free correspondientes, por lo cual el sistema asigna un canal de control rojo o verde.
  • De asignarse canal de control rojo el turista debe dirigirse al personal de la SUNAT ubicado en el puesto de control habilitado, a fin de presentar el documento de identidad, los bienes adquiridos en los establecimientos autorizados y las facturas entregadas por el establecimiento autorizado.

El personal de la SUNAT procederá a efectuar la validación de la tarjeta de débito o de crédito del turista, en la que se le abonará el importe del IGV a devolver.

  • De asignarse el canal de control verde se continua con la validación de la tarjeta de débito o de crédito del turista, en la que se le abonará el importe del IGV a devolver.
  • El sistema interactivo del kiosco genera finalmente el registro de la solicitud de devolución del IGV.
  1. Aplicación móvil:
  • Debe ingresar a la aplicación móvil desarrollada por la Entidad Colaboradora, y seleccionar las constancias Tax Free correspondientes, por lo cual el sistema asigna un canal de control rojo o verde, debiendo observarse lo dispuesto en el apartado i) o ii), del numeral anterior.
  • La aplicación finalmente generará el registro de la solicitud de devolución del IGV.

Dentro del plazo de cinco (5) días calendarios, la entidad colaboradora abonará en la tarjeta de débito o de crédito del turista el importe correspondiente, descontando previamente la comisión que dicha entidad cobre por la prestación de este servicio.

¿Qué proceso debe realizar ante la SUNAT la Entidad Colaboradora para solicitar la devolución de los importes devueltos al turista?

La Entidad Colaboradora debe presentar el Formulario Virtual No. 1649 – Solicitud de devolución, a través de SUNAT Virtual, utilizando su código de usuario y la clave SOL en SUNAT Operaciones en Línea.

Debe adjuntar la liquidación detalla, en un archivo de Excel de acuerdo al anexo de la Resolución de Superintendencia No. 000097-2023.

La entidad colaboradora puede presentar la solicitud de reembolso hasta en dos (2) oportunidades por mes.

¿Cuál es el puesto de control habilitado de la SUNAT?

A la fecha únicamente está habilitado el puesto de control del aeropuerto internacional Jorge Chávez, ubicado en la zona de control de preembarque del primer piso del terminal, el cual de acuerdo con la resolución está operativo a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en diario oficial, el 02 de mayo de 2023.

Más información: Resolución de Superintendencia No. 000097/2023/SUNAT

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