La Gaceta Oficial de Paraguay, publicó en la gaceta No.2017 del 8 de noviembre de 2022, el Decreto No. 8175 del Ministerio de Hacienda, el cual modifica el Decreto No. 3107 de 2019 en su articulo 19, con respecto al IVA crédito en los servicios profesionales y personales.
Las personas físicas prestadores de servicios personales y profesionales podrán deducir el IVA crédito, siempre y cuando no estén en relación de dependencia y cumplan con los requisitos del artículo 89 de la ley 6380 de 2019.
El Decreto No.8175 beneficia en gran medida a los trabajadores independientes ya que permite la deducibilidad del IVA en un 30% para alimentos y otros bienes como se indica a continuación.
Las deducciones indicadas deberán guardar relación con los ingresos obtenidos por los contribuyentes y no por terceros ajenos a la obligación tributaria.
El decreto No. 8137 entra en vigor desde el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial.
Más información: Decreto 8175 de 2022
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