La SET de Paraguay publicó decreto de deducción del IVA para personas físicas no dependientes.

Comunicado Paraguay

La Gaceta Oficial de Paraguay, publicó en la gaceta No.2017 del 8 de noviembre de 2022, el Decreto No. 8175 del Ministerio de Hacienda, el cual modifica el Decreto No. 3107 de 2019 en su articulo 19, con respecto al IVA crédito en los servicios profesionales y personales.

 

Las personas físicas prestadores de servicios personales y profesionales podrán deducir el IVA crédito, siempre y cuando no estén en relación de dependencia y cumplan con los requisitos del artículo 89 de la ley 6380 de 2019.

 

El Decreto No.8175 beneficia en gran medida a los trabajadores independientes ya que permite la deducibilidad del IVA en un 30% para alimentos y otros bienes como se indica a continuación.

 

1. Deducción del IVA en la compra de alimentos y bebidas no alcohólicas hasta un 30%
2. Deducción en el pago de alquileres de oficina hasta un 50%.
3. Deducción del IVA de los gastos de servicios Básicos (Energía eléctrica, agua, alcantarillado, recolección de residuos y servicios de telecomunicaciones), hasta un 50%.
4. Deducción de gastos en salud personal, (medicamentos, tratamientos médicos, medicina prepagada).
5. Capacitación o especialización que guarde relación con el servicio que presta.
6. Mantenimiento o refacciones de oficina.
7. Utiles, muebles y enseres de oficina, servidores, equipos informáticos y de telecomunicaciones, equipamiento profesional y herramientas, incluido su mantenimiento.
8. Vestimenta acorde con el ejercicio de la profesión u oficio.
9. Contratación de servicios de publicidad y marketing.
10. Subcontratación de servicios profesionales destinados a la prestación del servicio gravado.
11. Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de los autovehículos destinados a la prestación del servicio.

 

Las deducciones indicadas deberán guardar relación con los ingresos obtenidos por los contribuyentes y no por terceros ajenos a la obligación tributaria.

 

El decreto No. 8137 entra en vigor desde el día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial.

Más información: Decreto 8175 de 2022

 

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