La Dirección General de Impositiva (DGI) de Uruguay, publicó en su portal web, varias actualizaciones de los formatos de documentación técnica de la factura electrónica.
¿Qué documentos técnicos fueron actualizados?
- Formato de CFE versión 24.
- Formato Reporte Diario versión 13.2.
- Formato de Mensaje de Respuesta v16.
¿Qué modificaciones se realizaron?
1. Documento Técnico “Formato de CFE versión 24”:
- En la zona del CFE “Encabezado” en los campos “Información adicional comprobante” (A-C16), “Información adicional emisor” (A-C51) e “Información Adicional Receptor” (A-C68); se incorporó la descripción “Si la información corresponde a una leyenda o constancia específica establecida expresamente por la normativa, es obligatoria su impresión”.
- En la zona del CFE “Encabezado” en los campos “Tipo de moneda transacción” (A-C110); se ajusta la regla de validación quedando: “Si AC21=1,AC110debe ser AYU.“
- En la zona del CFE “Encabezado” en los campos “Tipo de Cambio” (A-C111); se ajusta la regla de validación quedando: “Obligatorio compensar si AC110 ≠ AYU“.
- En la zona del CFE “Detalle de Productos o Servicios” en los campos “Información adicional comprobante” (B-C8) e “Información adicional emisor” (B-C22.1); Se incorporó la descripción “Se utiliza por ejemplo para informar pack, servicios con detalle, leyendas o constancias específicas establecidas expresamente por la normativa”.
- En la zona del CFE “Información de referencia” en el campo “Razón referencia” (F-C6); se modifica el texto en la descripción, referente a la razón, quitando la restricción de referencia únicamente para tipo CFE 182 y 282 e incorporando como nuevo texto: “Si la razón de referencia es un documento no codificado, debe indicar cada uno de los documentos relacionados o sobre los que se practicó la retención (tipo y número)”.
- Se incorpora validación para la zona del CFE “Información de referencia” en el campo “Tipo CFE de referencia” (F-C3), “Serie del CFE de referencia” (F-C4), “Número del CFE de referencia” (F-C5).
- En la zona del CFE “Información de referencia” en el campo “Indicador de referencia global” (F-C6); se modifica el texto en la descripción, referente al ejemplo descrito de cuando se referencia a un documento no codificado; “No corresponde usar el indicador de referencia global cuando se referencia a más de 40 CFE, sino que deberá emitir otro comprobante”.
- Para el Formato de Representación Impresa, se incorpora la siguiente información relativa a la impresión de las leyendas cuando la normativa preceptivamente establezca su ubicación: “En aquellos casos en que las leyendas o constancias sean una obligación, éstas deben ser expresadas también en la representación impresa del documento en caracteres no inferiores a 3 mm de alto”.
2. Documento Técnico “Formato Reporte Diario Consolidado de CFE versión 13.2”:
- En el título de “Contenido del Archivo”, aclara información relativa al tipo de cambio fiscal de comprobantes no emitidos en moneda nacional, lo cual para efectos de su conversión al tipo de cambio fiscal debe utilizarse la cotización que brinde el Banco Central del Uruguay, con todos los dígitos decimales, por lo tanto se tomará el “Tipo de cambio” que surge en el propio CFE (campos A-C1 10 y A-C1 1 1 respectivamente del documento de Formato de CFE).
- En la Zona B (Resumen) del CFE campo 27, “Cantidad de CFE y CFC cuyos montos sean mayores al tope establecido en UI excluido el IVA, emitidos en el periodo”, se modifica la regla de validación eliminando los siguiente: “Para tipo de CFE/CFC: 101 ,102 o 103/201 ,202 o 203: Si C27>0, C24 debe ser ≥ tope establecido, quedando de la siguiente forma: “C27≥ 0”.
3. Documento Técnico “Formato Mensaje de Respuesta versión 16”:
- Se incorporó en el campo “Código de motivo de rechazo/respuesta” en la tabla de “Detalle de Respuesta” un nuevo código para cuando se realiza una consulta de comprobantes: C12 – “Información en Zona de Referencia no existe en nuestros registros”.
- Se incorpora en la tabla de Motivos de rechazo de CFE, el motivo E12 – “Información en Zona de Referencia no existe en los registros”, para utilización como mensajes de respuesta en la consulta de comprobantes.
- Se incorpora en la tabla de Observación de CFC, el motivo de observación C12 – “Información en Zona de Referencia no existe en nuestros registros”.
¿Cuándo entran en vigencia?
- Para el ambiente de Testing: 12 de octubre de 2023.
- Para el ambiente de Producción: 30 de noviembre de 2023.
Más información:
Formato Reporte Diario versión 13.2
Formato de Mensaje de Respuesta v16
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