El Servicio Administración Tributaria (SAT), ha dictado la “Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal Para 2022, Segunda Versión Anticipada”.
Dentro de los cambios más relevantes que dispone esta normativa, destacamos el artículo 17 transitorio, el cual establece que aquellos contribuyentes obligados a emitir CFDI podrán optar por seguir haciéndolo en la v.3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.
¿En qué situación se encuentran los CFDI que amparan retenciones e información de pagos?
Podrán ser emitidos hasta la misma fecha señalada en el párrafo anterior, en su versión 1.0, de conformidad al Anexo 20 publicado en el Diario Oficial del día 28 de julio de 2017.
¿Qué ocurre con los contribuyentes que emiten CFDI con complemento de Carta de Porte?
Se dispone que el no cumplimiento de los requisitos dispuestos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se incorpora el complemento de Carta Porte” no implicará una infracción a la normativa, de forma tal, que se extiende su uso, de conformidad a la normativa hoy vigente, hasta el día 31 de julio de 2023.
Otras novedades:
Se informa que el segundo periodo de vacaciones del SAT para este año 2022 se efectuaráentre el 19 y el 30 de diciembre del año en curso.
Más información: Décima Resolución de Modificaciones a la RMF
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