La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, publicó la Resolución 001092 de 2022, mediante la cual se establece el calendario para la implementación del límite de cinco (5) UVT para la expedición de tiquetes de máquina registradora.
La Unidad de Valor Tributario (UVT), según se indica en el artículo 868 del Estatuto Tributario, es la medida de valor que permite ajustar los valores relativos a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. La UVT se reajusta anualmente antes del 1 de enero de cada año y es aplicable para el año gravable siguiente.
Según la modificación realizada al artículo 616-1 a través del artículo 13 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, indica en el parágrafo 2, que aplicará un calendario para implementar la expedición de tiquetes de máquina registradora con sistema P.O.S. a fin de que los contribuyentes obligados a facturar puedan emitir el tiquete siempre que la venta del bien y/o prestación del servicio que se registre, no supere los cinco (5) UVT por cada documento equivalente P.O.S.; esto sin incluir el importe de ningún impuesto. El adquiriente del bien o servicio podrá de igual forma solicitar la expedición de la factura electrónica de venta, en cuyo caso, el emisor deberá expedir dicho tipo de documento.
En los casos en que la venta y/o prestación de servicios supere los cinco (5) UVT, el contribuyente obligado a facturar, deberá expedir la factura electrónica de venta o en su defecto, los documentos equivalentes vigentes, para los cuales el monto máximo indicado anteriormente no aplica.
De acuerdo con lo indicado en los párrafos anteriores, el calendario que aplicará de acuerdo a la calidad de los sujetos obligados, es la siguiente:
Según se indica en el Parágrafo del Artículo 2 de la Resolución 001092, “Cada primero de enero a partir del año gravable 2024, los sujetos obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente que opten por expedir el documento equivalente denominado tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S. deberán ajustar el valor de la UVT aplicable para cumplir con la limitación de las cinco (5) UVT en la expedición de cada tiquete.”
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